El Real Decreto aprobado el día 18/11/2011 allana el camino a la generación distribuida al simplificar la tramitación para la entrada en el sistema de pequeñas instalaciones de generación eléctrica, preparando las condiciones para dar paso al autoconsumo.
La norma facilitará el desarrollo de energías renovables en viviendas y PYMES. Se complementará con la normativa de balance neto, en fase de elaboración, que regulará el autoconsumo.
La paulatina entrada de este tipo de pequeñas plantas modificará el actual modelo centralizado de grandes instalaciones eléctricas al promover un nuevo sistema de generación cada vez más distribuida, con importantes ventajas para el sistema y consumidores.
RESUMEN
- Será de aplicacion en consumidores de energía eléctrica de potencia contratada no superior a 100 kW.
- Existirá incompatibilidad entre al red interior en autoconsumo e instalación de venta a red.
- La solicitud de conexión se hará ante el gestor de la red de distribución de la zona con obligación de suscribir un contrato de acceso con la compañía distribuidora.
- El precio de la energía suministrada será líbremente pactado entre las partes.
- Se establece la obligación del consumidor/productor de proceder al pago de los peajes de acceso que les resulten de aplicación por la energía consumida en su instalación.
- La facturación se realizará mensual en base a lecturas reales. En cada factura emitida por la empresa comercializadora se recogerá el detalle de la energía consumida, generada, y la información asociada a la compensación de los derechos de consumo diferido.
- Dispondrá de importantes beneficios fiscales como son la excención de IVA, IAE, no serán necesarios los prereegistros, no exisnte límite en el número de instalaicones a poder realizar, y en definitiva, una serie de medidas que FACILITARÁ LA INCORPORACIÓN DE LA ENERGÍA FOTOVOLTAICA DOMÉSTICA.