El Decreto-Ley 1/2014, de 18 de marzo, que regula el Programa de Impulso a la Construcción Sostenible en Andalucía, desde el 1 de abril de 2014 la Junta de Andalucía facilita la realización de actuaciones de ahorro, eficiencia energética y energías renovables en los edificios existentes de Andalucía.
Los incentivos concedidos al amparo de este Programa, están dirigidos a ciudadanos, incluyendo comunidades de propietarios y cooperativas de viviendas, que promuevan actuaciones que favorezcan el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética y el aprovechamiento de las energías renovables en edificios ubicados en Andalucía, a través de la realización de obras de rehabilitación, reforma, adecuación al uso e instalaciones eficientes.
Se financiarán actuaciones, parciales o totales y deberán ser ejecutadas por empresas adheridas a este Programa. Estas actuaciones podrán ser:
- obras de adecuación energética de edificios para conseguir su mejor comportamiento térmico y/o condiciones de iluminación natural.
- obras de dotación de instalaciones energéticamente eficientes que permitan el ahorro en la generación, distribución y uso así como el aprovechamiento de fuentes renovables.
Los porcentajes de incentivos fijados oscilan entre el 40 y el 90%.
Se incentivan las obras de adecuación energética de edificios, las instalaciones energéticamente eficientes e infraestructura y los proyectos, dirección facultativa y gestión energética. A continuación, se describen con más detalle:
Obras de adecuación energética de edificios para conseguir su mejor comportamiento térmico y/o condiciones de iluminación natural, entre las que se encuentran:
- Revestimiento de cerramientos y cubierta con material aislante térmico
- Disposición de aislamiento en suelos en contacto con el terreno o con espacios no habitables
- Insuflado de material aislante en huecos de muros externos,
- Renovación de ventanas, con la inclusión de nuevas ventanas de alto aislamiento térmico
- Dotación de cerramiento o acristalamiento de terrazas techadas
- Disposición de protectores solares, incluso toldos
- Incorporación de elementos que permiten la iluminación natural, como nuevos huecos acristalados o ventanas
- Demolición de tabiques que impiden el paso de la luz natural, con o sin incorporación de tabiques de pavés
- Soluciones bioclimáticas para la ventilación y sombreado de la vivienda
Instalaciones energéticamente eficientes en la edificación e infraestructuras, eléctricas o térmicas, que permiten el ahorro de energía en la generación, distribución y uso de la energía, así como el aprovechamiento de energías renovables, entre las que se encuentran:
- Pequeños equipos o instalaciones solares para generación de agua caliente
- Generación de energía eléctrica para consumo propio mediante instalación fotovoltaica
- Pequeños equipos de biomasa, que usan leña o briquetas como combustible, para la calefacción y/o generación de agua caliente
- Estufas o termoestufas que usan pélets de madera como combustible
- Instalación de calderas de biomasa para las necesidades térmicas de la vivienda
- Renovación de calentadores de agua caliente por otros a gas termostáticos y sin llama piloto o calderas de condensación
- Mejora de instalación de climatización o centralización, basada en bomba de calor invertir
- Equipos e instalación para el control domótico de la vivienda.
Proyectos, dirección facultativa y gestión energética, realizados por gestores energéticos, de las medidas que sean objeto de una posterior solicitud de incentivos, siempre que éstas incluyan la dirección facultativa, la firma del certificado final de obra y el diseño de un Plan de Gestión Energética para el edificio objeto de la actuación.
El incentivo es del 80% del coste incentivable, con un porcentaje máximo del 15% del presupuesto de ejecución material de las obras del proyecto.
Comments are closed.