El jueves 12 de septiembre de 2013 se ha publicado la orden FOM/1635/2013 de 10 de septiembre, por la que se actualiza el DB-HE del Código Técnico de la Edificación, dicha modificación entrará en vigor mañana.
Esta orden viene a modificar el Documento Básico del CTE DB-HE relativo al ahorro energético y se transpone parcialmente al ordenamiento jurídico español, la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, en lo relativo a los requisitos de eficiencia energética de los edificios, establecidos en sus artículos 3, 4, 5, 6 y 7, así como la Directiva 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de abril de 2009, en lo relativo a la exigencia de niveles mínimos de energía procedente de fuentes renovables en los edificios, establecida en su artículo 13.
La nueva directiva 2010/31/UE establece, la obligatoriedad de fijar unos requisitos mínimos de eficiencia energética de los edificios o partes de éste, con el fin de alcanzar niveles óptimos de rentabilidad, la obligatoriedad de que antes del 31 de diciembre de 2020, todos los nuevos edificios tengan un consumo de energía casi nulo, y que antes de que termine el 2018, los edificios nuevos que estén ocupados y sean propiedad de autoridades públicas sean igualmente edificios de consumo de energía casi nulo.
¿A quién aplica este documento?
Las modificaciones del Código Técnico de la Edificación aprobadas por esta disposición serán de aplicación obligatoria a las obras de nueva construcción y a las intervenciones en edificios existentes para las que se solicite licencia municipal de obras una vez transcurrido el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente disposición.
No serán de aplicación a las obras de nueva construcción y a las intervenciones en edificios existentes que tengan solicitada la licencia municipal de obras a la entrada en vigor de esta disposición y será potestativo para las que se solicite licencia municipal de obras en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente disposición.
¿Un apoyo a las renovables?
Será definirá el nuevo concepto de «edificio de consumo de energía casi nulo» determinándose el correspondiente nivel de eficiencia energética así como el porcentaje de la energía requerida que deberá estar cubierta por energía procedente de fuentes renovables.
De esta forma se da el primer paso para acercarnos a un objetivo donde los edificios tendrán una alta exigencia en cuanto a eficiencia energética y autoconsumo energético
Habrá que ver como gestiona el actual Gobierno la interacción entre la presente normativa, la Reforma Energética y la inminente regulación del autoconsumo y balance neto.
¿Contradictorio o no?
Enlace: Normativa
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