La Comisión Nacional de la Energía se muestra partidaria de que los impuestos medioambientales autonómicos a la producción de energía se incluyan en la factura de la luz.
El recibo de la luz está lleno de costes que poco tienen que ver con la generación de electricidad. A la financiación de las renovables y sobrecostes eléctricos extrapeninsulares, se puede sumar ahora el gravamen impuesto por algunas comunidades autónomas a la generación de electricidad y que deberán soportar los usuarios de luz de esa región.
Esta nueva carga no es baladí porque ya existen siete autonomías que ya aplican estos impuestos alegando diferentes argumentos, desde un canon eólico a una tasa ecológica para las energías más contaminantes.
La razón de que estas tasas autonómicas se puedan acabar repercutiendo en el recibo de la luz es que la Comisión Nacional de la Energía ha puesto de manifiesto la necesidad de abarcar una reforma de la factura de tal forma que incluya una metodología para determinar los suplementos territoriales en el caso de normas de carácter autonómico o local que dieran lugar a un sobrecoste respecto a lo establecido por la normativa nacional.
Así aparece recogido en la orden de peajes remitida al Ministerio de Industria para la revisión de la tarifa que estará en vigor los tres primeros meses del año. En este informe explica que este cálculo del coste que suponen las tasas autonómicas se recogería dentro de una reforma global de la factura eléctrica, en aras de establecer una nueva fórmula para calcular la parte regulada de la luz, es decir, la que fija el Ejecutivo y que supone el 50 por ciento del precio final del recibo.
El organismo que preside Alberto Lafuente defiende que esta metodología sea elaborada por el regulador de los mercados energéticos, de cara a dar cumplimiento a la transposición del tercer paquete de Directivas europeas que busca reforzar las funciones de la CNE en el sistema energético.
Se trata de la segunda ocasión en la que el regulador abre la puerta a que se imponga un suplemento territorial en las autonomías que hayan creado un tributo autonómico que grave la actividad eléctrica o las instalaciones.
La antigua formación de la CNE, entonces presidida por Maite Costa, señaló a mediados del pasado año que la única condición que exige el regulador energético es que este suplemento se desglose en la facturación al usuario, tal y como impone la Ley de Sector Eléctrico, para que se mantenga un principio de transparencia, así como el de unidad tarifaria que afecta a los peajes y a la tarifa de último recurso.
Fuente: www.eleconomista.es